Politica general de reclamaciones

Política General de Reclamaciones

1. ALCANCE
Esta política de reclamaciones (la "Política") es aplicable a todos los productos fabricados por DEACERO, S.A.P.I. de C.V. y por sus filiales y subsidiarias (colectivamente “Vendedor”) y adquiridos por el cliente el “Comprador”). Esta Política está sujeta a cambio en cualquier momento a la sola discreción del Vendedor.

El consentimiento del Comprador a esta Política se presume a partir de (1) la recepción del acuse de recibo del pedido expedido por el Vendedor, sin objeción por escrito del Comprador notificada dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción del acuse de recibo del pedido o la aceptación de la orden de compra, (2) la indicación del Comprador al Vendedor para que comience la fabricación o envío de los productos , o (3) la aceptación de la totalidad o parte de las mercancías solicitadas. La aceptación por parte del Vendedor de la orden de compra del Comprador o el comienzo de los trabajos de fabricación no constituirá la aceptación de ninguno de los términos y condiciones del Comprador.

TODAS LAS RECLAMACIONES POR EL COMPRADOR ESTÁN SUJETAS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA POLÍTICA. TÉRMINOS ADICIONALES O DIFERENTES DE AQUELLOS DE ESTA POLÍTICA, INCLUYENDO PERO NO LIMITADO A LOS TÉRMINOS CONTENIDOS EN EL PEDIDO DE COMPRA DEL COMPRA- DOR, SE RECHAZAN A MENOS QUE SEAN ACEPTADOS POR EL VENDEDOR POR ESCRITO.

Esta Política es adicional a los términos y condiciones de venta del Vendedor. En caso de discrepancia entre cual- quiera de dichos términos y condiciones y esta Política, el contenido de esta Política prevalecerá.

2. NORMAS Y TOLERANCIAS
A menos que el Vendedor lo acuerde específicamente por escrito, todos los productos vendidos se ajustarán a las variaciones y tolerancias estándar de la industria.

Los requisitos de dimensiones, superficie, peso del revestimiento, textura de la superficie y composición química serán de acuerdo con las especificaciones del Comprador previamente aceptadas por el Vendedor por escrito y/o consistente con las especificaciones aplicables a la industria, tales como ASTM.

Cuando el Comprador proporcione una instrucción de diseño o requiera de algún ajuste específico para una variable del proceso de producción, el Comprador asume la responsabilidad por los defectos o problemas de rendimiento que surjan como resultado de dichas instrucciones proporcionadas por el Comprador.

3. GARANTÍA LIMITADA
Si, dentro de los primeros 6 (seis) meses después del envío o treinta (30) días después del primer uso, cualquier producto suministrado por el Vendedor demuestra ser defectuoso en el material o en la mano de obra al ser examinado por el Vendedor, el Vendedor podrá, a su exclusivo criterio: (1) REEMPLAZAR LOS PRODUCTOS DEFECTUOSOS EN EL PUNTO DE ENVÍO CORRESPONDIENTE A LAS INSTALACIONES DEL VENDEDOR, (2) REPARAR LOS PRODUCTOS EN UNA UBICACIÓN A SER DETERMINADA POR EL VENDEDOR, O (3) REEMBOL- SAR U OTORGAR UN CRÉDITO CONTRA EL PRECIO DE COMPRA DE DICHOS PRODUCTOS UNA VEZ QUE ÉSTOS FUESEN DEVUELTOS. Cualquier producto de reemplazo estará garantizado contra defectos en el materi- al o mano de obra por la parte no transcurrida de la garantía aplicable a los productos en particular.

El Vendedor no será responsable ni asumirá ninguna responsabilidad por los productos o mano de obra o cual- quier cargo de transporte, costos de mano de obra u otros gastos relacionados por cualquier trabajo realizado por terceros en la reparación o reemplazo de productos defectuosos, sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor.

Esta garantía no será aplicable si: (a) los productos no se han almacenado, instalado o mantenido de acuerdo con las prácticas industriales aceptadas o cualquier instrucción específica proporcionada por el Vendedor; (b) los productos han sido sometidos a cualquier accidente, mala aplicación, contaminación ambiental, corrosión, abrasión, abuso o mal uso; (c) El Comprador se niega a permitir que el Vendedor examine los productos y los datos operativos para determinar la naturaleza del defecto reclamado; o (d) cualquier reparación, alteración o modificación realizados sin la aprobación del Vendedor.

EXCEPTO COMO SE INDICA EXPRESAMENTE EN ESTA SECCIÓN 3, EL VENDEDOR NO HACE GARANTÍAS ADICIONALES, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, POR ESTATUTO O DE OTRA MANERA, INCLUYENDO SIN LIMITAR CUALQUIER GARANTÍA O CONDICIONES DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTIC- ULAR, MISMAS QUE SE EXCLUYEN EXPRESAMENTE.

4. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
LA RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR, YA SEA CONTRACTUAL, O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, NO EXCEDERÁ EL PRECIO DE COMPRA DE LOS PRODUCTOS. POR NINGUNA CIRCUNSTANCIA, EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE FRENTE AL COMPRADOR DE DAÑOS ESPECIALES, INDIRECTOS O CONSECUENCIALES. AUNADO A LO ANTERIOR, EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE CUALQUIER COSTO, TALES COMO CLASIFICACIÓN, MUESTREO, ALMACENAMIENTO, CARGA, PROCESAMIENTO ADICIONAL, COSTOS CONSE- CUENTES, COSTOS ADMINISTRATIVOS O DE REEMPLAZO, A MENOS QUE ÉSTOS HUBIESEN SIDO PREVIA- MENTE APROBADOS POR ESCRITO POR EL VENDEDOR.

5. RECLAMACIONES DEL COMPRADOR
Las reclamaciones se deben hacer solo por una causa sustancial, por escrito y especificando los motivos de la reclamación. La falta de notificación al Vendedor de cualquier reclamación dentro del período de garantía espe- cificado en la sección 3 anterior (Garantía Limitada) constituirá una renuncia al derecho e impedirá dicha reclamación. El Vendedor debe tener la oportunidad de investigar el reclamo antes de que el Comprador se deshaga de los productos. Cualquier producto dañado no debe devolverse, repararse ni desecharse sin el permi- so por escrito del Vendedor.

Todas las reclamaciones se evaluarán sobre la base del mérito técnico de acuerdo con las políticas publicadas, las especificaciones aplicables, los contratos, las órdenes de compra y los acuerdos de la orden final.

Todos los reclamos deben ser ingresados con la información apropiada, incluyendo sin limitar a:

1. Razón u origen del reclamo
2. Nombre, descripción y clave del producto
3. Número de orden de compra
4. Documentación de reclamo
5. Número de serie (secuencia, lote o colada)
6. Informe de inspección
7. Costo del material
8. Cantidad de productos defectuosos
9. Condición y ubicación de las mercancías
10. Evidencia tales como muestras, fotos, videos, para ser analizados por el Vendedor
11. Información de contacto

Para evaluar y procesar un reclamo de manera eficiente, el Vendedor se reserva el derecho de visitar para investi- gar y/o requerir una muestra representativa de la condición, fotos digitales con una referencia de tamaño junto a la condición o un video.

Después de que se revise la reclamación y la decisión sea determinada por el Vendedor, se comunicará al Com- prador la posición del Vendedor en la reclamación.

Para las reclamaciones aprobadas, el Vendedor reembolsará el costo del material más el envío (a la ubicación de envío del material) únicamente. Si los productos están autorizados para ser desechados como resultado de una reclamación aceptada, se determinará un valor de chatarra a ser negociado entre las partes. Las deducciones no autorizadas o no identificadas antes de que se resuelva o resuelva un reclamo constituyen un impago con consecuencias posteriores, que incluyen, entre otros, la retención de crédito, la retención de envío y, en su caso, los privilegios de pérdida de cualquier descuento otorgado.

6. CONSEJOS TÉCNICOS
El Vendedor no asume ninguna obligación ni responsabilidad por los consejos técnicos proporcionados al Com- prador, lo que incluye, entre otros, el asesoramiento técnico con respecto al uso de los bienes y servicios del Vendedor, dado que dichos consejos técnicos se dan y aceptan a riesgo del Comprador.

7. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El Comprador y el Vendedor intentarán de buena fe resolver a través de la negociación cualquier disputa que surja de o esté relacionada con esta Política. Si surgiera una disputa, los representantes del Comprador y el Vendedor se reunirán al menos una vez e intentarán de buena fe resolver la disputa. Para tal efecto, el Comprador o el Vendedor pueden solicitar una reunión que se llevará a cabo dentro de los quince (15) días de la solicitud en un momento y lugar mutuamente acordado. Asistirán a la reunión representantes de cada parte con autoridad para resolver la disputa.

Si el Comprador y el Vendedor no pueden llevar a cabo una reunión dentro de dicho período de quince (15) días, o si el Comprador y el Vendedor no resuelven la disputa dentro de los treinta (30) días posteriores a su primera reunión, el Comprador y el Vendedor acuerdan someter la disputa a un procedimiento de arbitraje llevado a cabo de acuerdo con las reglas de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), por tres árbitros designados en cumplimiento de dichas reglas. El lugar del arbitraje será en Monterrey, México y el procedimiento arbitral se llevará a cabo en idioma español. El laudo arbitral será definitivo y vinculante.

8. DIVISIBILIDAD
La invalidez de cualquiera de los términos y condiciones de esta Política no afectará la validez de ninguna otra disposición y las disposiciones restantes permanecerán en plena vigencia.

9. LEY APLICABLE
Esta Política se regirá, interpretará y aplicará de conformidad con las leyes de Nuevo León, México, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes. Esta Política se establece en idiomas español e inglés, en el entendido que la versión en idioma español prevalecerá.

10. JURISDICCIÓN
EL COMPRADOR SE SOMETE EXPRESAMENTE E IRREVOCAMENTE A LA JURISDICCIÓN DEL ESTADO Y LOS TRIBUNALES FEDERALES UBICADOS EN MONTERREY, MÉXICO Y RENUNCIA AL DERECHO A CUALQUIER OTRO FORO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR CUESTION DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.

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